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VIDA INDIVIDUAL

Sancor Seguros

El seguro de vida o seguro sobre la vida es un seguro que cubre el riesgo
de muerte, supervivencia e incapacidad. El seguro de vida cubre los riesgos que puedan
afectar a la existencia, integridad o salud de las personas. Para que el seguro sea efectivo
debe formalizarse un contrato de seguro.
El seguro de vida se considera un contrato de suma puro, es decir, que la suma asegurada se
acuerda y fija entre las partes – el tomador y la empresa aseguradora – de forma libre y
voluntaria.
Habitualmente en los seguros en caso de muerte, si en el contrato el tomador del seguro y el
asegurado son distintas, es necesario el consentimiento del asegurado por escrito -según la
legislación de cada país-, salvo que sea evidente su interés por la existencia de dicho seguro.
Si se renuncia al seguro la entidad aseguradora cesará en la cobertura del riesgo por lo que el
tomador tendrá derecho a la devolución de la prima que hubiera pagado

Tipos de seguro de vida
Puede ser un seguro en caso de muerte -se recibe la cantidad asegurada en caso de muerte-,
o en caso de vida -la aseguradora paga al asegurado el importe del seguro, siempre que viva
al vencimiento de un determinado periodo de tiempo-.
También puede convenirse el pago de una renta periódica mientras viva el asegurado, a partir
de una fecha establecida de antemano.
Hay varios tipos de seguros de vida. Básicamente, existen cuatro modalidades, que
son:seguros de riesgo o para casos de muerte, seguros de ahorro o para caso de
supervivencia o de jubilación, seguros mixtos y seguros de rentas. Cada uno de estas
modalidades de seguro de vida tiene sus propias características.

Seguros de riesgo o para casos de muerte
Los seguros de riesgo o para casos de muerte son un tipo de seguros de vida en
los cuales el capital contratado es pagado inmediatamente después del
fallecimiento del asegurado si éste ocurre antes de finalizar el plazo de duración
del seguro. Si la persona asegurada sobrevive a ese periodo el seguro queda
cancelado, quedando las primas satisfechas a favor de la compañía aseguradora.
Existen dos tipo de seguros de riesgo: los seguros temporales y los seguros de
vida entera.

Seguros temporales
El seguro temporal cubre el riesgo de fallecimiento prematuro antes de terminar
el contrato. En este tipo de seguro impera el componente riesgo por encima de
otras variables. Su duración es de un año renovable de forma tácita hasta un
número determinado de periodos. Su costo no suele ser muy alto y permite
contratar coberturas elevadas.
Los seguros temporales suelen contratarse para proteger obligaciones
hipotecarias, garantía de cancelación de deudas o como protección adicional
para la famialia.

Seguros de vida entera
Por su parte, los seguros de vida entera extienden sus coberturas durante toda
la vida del asegurado de forma permanente, sin plazo. La indemnización se paga
inmediatamente después de la muerte del asegurado, cualquiera que sea el
momento en que esto ocurra.
En ocasiones se añade la opción de la restitución del capital asegurado si el se ha
sobrevivido a determinada edad, dando por finalizado el contrato. En este caso
se trataría de un seguro mixto, de vida y muerte.
En cuento a los seguros de vida entera, existen dos modalidades:
1. Seguros de vida entera a primas vitalicia, en los que las primas se pagan durante
toda la vida del asegurado, habiendo así una cobertura continua
2. Seguros de vida entera a primas temporales, en los que el pago se realiza solo
durante unos años o hasta el fallecimiento del asegurado.

Seguros de ahorro
Los seguros de ahorro o para casos de superveniencia o de jubilación tienen
como objeto la obtención de un capital al final del plazo convenido. La finalidad
de estos seguros es la inversión a medio o largo plazo para complementar la
prestaciones de jubilación o para acumular un capital que permita hacer frente a
situaciones futuras.

Seguros mixtos
Los seguros mixtos aúnan en un mismo contrato un seguro de riesgo y un seguro
de ahorro, de modo que el asegurado queda cubierto en caso de fallecimiento
(en cuyo caso los beneficiarios recibirán una indemnización) y tiene asegurada un
prestación si sobrevive a la edad estipulada.

Seguro de rentas
En los seguros de rentas, mediante la aportación de un capital único o el pago
de una prima durante un tiempo determinado, el asegurado tiene garantizada
una renta vitalicia (pago de unas cantidades mientras viva, cuyo importe puede
ser fijo o variable) o una renta temporal (durante un tiempo determinado.)

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